Gustavo Gómez, presidente del Consejo de Estado, Javier Zapata, presidente de la Corte Suprema y Gabriel Mendoza Martelo, presidente de la Corte Constitucional, se han mostrado contrarios a la Reforma a la Justicia.

Los presidentes de las altas Cortes se oponen a la Reforma a la Justicia y decidieron apartarse del debate en el Congreso, que esta semana va para séptimo debate. El Consejo de Estado ha criticado varios defectos de la reforma que bien valdría la pena discutir pero la Corte Suprema ha dicho que la reforma vulnera el equilibrio de poderes y busca diezmar el poder judicial. Sin embargo, mirando el texto aprobado en el último debate, si a alguien le va bien con esta reforma es a las altas Cortes.

Estas son algunas de las cosas que ganan los magistrados de las Altas Cortes:

1
Se aumenta el período de los actuales magistrados: el proyecto actual aumenta el período de los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado de ocho a doce años y permite que la norma se les aplique a los magistrados actuales (exactamente lo que ellos criticaron cuando la reelección de Uribe).
2
Se aumenta la edad de retiro forzoso: hoy en día, los magistrados de las Altas Cortes se tienen que retirar cuando cumplen 65 años así no hayan completado su período individual. Un consejero de Estado demandó una decisión administrativa alegando que esta edad no está planteada explícitamente ni en la Constitución ni en la ley que reglamenta la administración de justicia, pero la Corte Constitucional determinó que se les aplicaba el criterio de jubilación de cualquier otro colombiano porque de lo contrario habría “un privilegio injustificado”. Pues bien, la nueva reforma los amplía la edad a 70 años. Y permite que los magistrados actuales que ya se tenían que retirar por su edad permanezcan en el cargo hasta por otros cinco años.
3
Los requisitos más estrictos no se les aplican: la nueva Reforma aumenta los requisitos para ser magistrado de las altas Cortes. Duplica de 10 a 20 años el tiempo de desempeño en la Rama Judicial, en el Ministerio Público, en la academia o en la profesión de abogado y sube la edad mínima para tomar posesión del cargo a 50 años. Sin embargo, y con razón, un parágrafo transitorio dice que estos nuevos requisitos no le serán aplicables a los magistrados actuales. Esto permite, entonces, que si la ley se aprueba en esta legislatura, un magistrado como Humberto Sierra Porto, cuyo período vence el próximo semestre, pueda quedarse cuatro años más aunque es menor de 50 años.
4
Regresa el sistema de cooptación: hoy, los magistrados de las Altas Cortes son nombrados por la respectiva corporación de listas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura. De aprobarse el nuevo proyecto, Colombia volvería a la cooptación que la Constitución del 91 abolió por la poca transparencia de esa forma de nominación. Según el proyecto actual, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva Corte mediante el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de 10 candidatos conformadas mediante convocatoria pública adelantada por la respectiva corporación. Es decir que con este nuevo método, los magistrados refuerzan su poder y las cortes serán más endógenas, en contravía de las tendencias mundiales en esta materia.
5

Les dan más plata: la Rama Judicial ha recibido miles de millones de pesos en las últimas décadas, pero ha dependido de la ‘buena voluntad’ del Ejecutivo. En el proyecto de reforma actual, en cambio, hay un parágrafo transitorio que dice que durante los seis años siguientes a la entrada en vigencia de esta reforma constitucional, el Gobierno garantizará que la Rama Judicial y la Fiscalía reciban en total bienes y servicios por valor equivalente a dos billones de pesos para invertir en planes de descongestión y en otros asuntos de la Rama.

Estos recursos están amarrados a documentos Conpes y al cumplimiento de metas específicas. Pero, adicionalmente, el proyecto incluye un párrafo que dice que “durante los próximos 10 años el presupuesto ordinario del sector jurisdiccional aumentará como mínimo, en un porcentaje equivalente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior más el dos por ciento (2%).” Frente a estos recursos fijos, que garantizan que el presupuesto crecerá año a año, no hay ninguna exigencia de rendición de cuentas (vea el análisis de este punto realizado por DeJusticia).

6
Tienen mayor poder en la administración de la Rama: una de las cosas buenas de la Reforma es que se elimina el Consejo Superior de la Judicatura, que tiene una sala administrativa y una disciplinaria. Ahora los presidentes de las altas Cortes tendrán aún más control de la administración de la Rama puesto que la Sala de Gobierno Judicial, que reemplaza a la Sala Administrativa, estará integrada por cinco miembros, de los cuales, tres son los presidentes de las altas Cortes. Los otros dos son un delegado de los magistrados de tribunal y de los jueces y otro de los empleados judiciales. Antes, la Sala Administrativa tenía dos magistrados elegidos por cada Corte, que una vez accedían al cargo, eran independientes de las Cortes que los habían nominado. Ahora son los mismos presidentes de las cortes los que manejarán los asuntos administrativos de la Rama.

Soy la directora, fundadora y dueña mayoritaria de La Silla Vacía. Estudié derecho en la Universidad de los Andes y realicé una maestría en periodismo en la Universidad de Columbia en Nueva York. Trabajé como periodista en The Wall Street Journal Americas, El Tiempo y Semana y lideré la creación...